Cotizaciones a la Seguridad Social del empleado en España 2026

Un empleado del Régimen General cotiza sobre su base de cotización mensual, limitada entre el mínimo de su grupo profesional y el tope máximo de 5.101,20 euros al mes para 2026. El tipo de contingencias comunes del empleado es del 4,70 % y el MEI del 0,15 %, ambos verificados en la Orden PJC/297/2026. Los tipos de desempleo y formación profesional se aplican prorrogados del ejercicio anterior; la cuota total del empleado con contrato indefinido ronda el 6,5 % de la base de cotización.

Cómo funciona la cotización a la Seguridad Social

Los empleados del Régimen General cotizan mensualmente sobre la base de cotización, un importe que se calcula a partir del salario bruto mensual incluyendo las pagas extraordinarias prorrateadas. Esta base se limita entre un mínimo determinado por el grupo de cotización al que pertenece el trabajador y un tope máximo aplicable a todos los grupos. Las cotizaciones financian distintas prestaciones: pensiones y otras contingencias comunes, desempleo, formación profesional, el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) y, para los salarios que superen el tope máximo, la cotización adicional de solidaridad.

Tope máximo y bases mínimas por grupo en 2026

El tope máximo de la base de cotización mensual para 2026 es de 5.101,20 euros, fijado por el Real Decreto-ley 3/2026 y confirmado en la Orden PJC/297/2026 (BOE-A-2026-7296). Por encima de ese importe no se generan cotizaciones ordinarias adicionales, aunque sí aplica la cotización adicional de solidaridad sobre el exceso. Las bases mínimas por grupo profesional verificadas para 2026 son: 1.989,30 euros para el Grupo 1 (Ingenieros y Licenciados); 1.649,70 euros para el Grupo 2; 1.435,20 euros para el Grupo 3; y 1.424,40 euros para los Grupos 4 a 7. Si el salario bruto del trabajador es inferior al mínimo de su grupo, la cotización se calcula sobre la base mínima.

Tipos de cotización del empleado

El tipo de contingencias comunes del empleado es del 4,70 % según la Orden PJC/297/2026, Art. 4 (verificado). El Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) aporta un tipo del 0,15 % al empleado para 2026, conforme al artículo 16 de la misma orden (verificado). Los tipos de desempleo y formación profesional se mantienen prorrogados de ejercicios anteriores y no recibieron aprobación expresa en la Orden PJC/297/2026; suman conjuntamente en torno a 1,65 % para contratos indefinidos. En total, la cuota del empleado con contrato indefinido ronda el 6,5 % de la base de cotización. Para contratos temporales, el tipo de desempleo es ligeramente superior y la cuota total queda por encima de ese porcentaje.

Cotización adicional de solidaridad

Los empleados con salario mensual superior al tope máximo de 5.101,20 euros están sujetos a la cotización adicional de solidaridad sobre el exceso, introducida en el marco de la reforma de pensiones de 2022. Se aplican tres tramos verificados según la Orden PJC/297/2026, artículo 17: hasta 5.611,32 euros de salario mensual, el tipo del empleado sobre el exceso es del 0,19 %; entre 5.611,33 y 7.651,80 euros, el tipo del empleado sobre ese segundo tramo es del 0,21 %; y por encima de 7.651,80 euros, del 0,24 %. Los tipos del empleador en cada tramo son significativamente más elevados.

Diferencia entre la cuota del empleado y el coste para la empresa

La nómina del trabajador solo refleja la parte del empleado. El empleador paga además sus propias cotizaciones sobre el mismo salario: contingencias comunes al 23,60 % (verificado en Orden PJC/297/2026), más los tipos de desempleo, formación profesional, FOGASA y MEI de la parte empresarial. En conjunto, el coste total para la empresa puede superar en más de 30 puntos porcentuales el salario bruto del trabajador, variando según el tipo de contrato y el nivel salarial. Utilice la calculadora de paycalceu.com para estimar el coste completo de contratación o consulte a un asesor laboral.

FAQ

¿Cuál es el tope máximo de cotización a la Seguridad Social en 2026?

El tope máximo de la base de cotización mensual es de 5.101,20 euros para 2026, establecido por el Real Decreto-ley 3/2026 y confirmado en la Orden PJC/297/2026. Por encima de ese límite no se aplican cotizaciones ordinarias, aunque sí la cotización adicional de solidaridad sobre el exceso en tres tramos, con tipos del 0,19 %, 0,21 % y 0,24 % para el empleado.

¿Qué porcentaje cotiza un empleado con contrato indefinido en 2026?

El tipo verificado de contingencias comunes es del 4,70 % y el del MEI del 0,15 %. Los tipos de desempleo y formación profesional se mantienen de ejercicios anteriores, aportando en torno a 1,65 % más para contratos indefinidos. En conjunto, la cuota total del empleado ronda el 6,5 % de la base de cotización. Consulte la Orden PJC/297/2026 (BOE) para los importes exactos de cada componente.

¿Qué es el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)?

El MEI es una cotización adicional creada por la reforma de pensiones de 2022 (Real Decreto-ley 13/2022) para constituir un fondo de reserva de la Seguridad Social. En 2026 el tipo del empleado es del 0,15 % y el del empleador del 0,75 %, verificados en la Orden PJC/297/2026. Este tipo irá incrementándose gradualmente hasta alcanzar el objetivo a largo plazo del 1,20 % total previsto en la Ley General de la Seguridad Social.

¿Cómo se calcula la base de cotización en un contrato con 14 pagas?

A efectos de la Seguridad Social, la base de cotización mensual es siempre el salario bruto anual total dividido entre 12, con independencia de si el contrato contempla 12 o 14 pagos. Las pagas extraordinarias se prorratean a lo largo de los doce meses, de modo que la cuota mensual de SS es idéntica en ambos esquemas para el mismo salario bruto anual.

⚠️ Estimación orientativa, no asesoramiento fiscal. El software de nóminas puede diferir en casos límite. Verifique con un profesional.